En países como por ejemplo los Estados Unidos de América existe una figura muy típica en el mercado inmobiliario. Esa figura es el “sublet”, es decir, el subarriendo o el realquiler de la vivienda. Está práctica muy común en el país norteamericano no es una práctica permitida en la legislación española de no existir acuerdo expreso y fehaciente entre las partes, pero conviene hacer algunas apreciaciones al respecto. Y conviene hacer estas apreciaciones pues es habitual que existan dudas al respecto, ya que muchas personas desconocen el alcance exacto de la ley y por exceso o por defecto tienen planteamientos…
