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Comunidades de vecinos

Las Juntas en una Comunidad de Propietarios

Seguimos con nuestro breve repaso al funcionamiento de las Comunidades de Propietarios, y si ya en artículos anteriores os hablamos de su concepto legal y de sus Órganos, hoy nos toca hablar de las convocatorias de las Juntas y de su funcionamiento:

La convocatoria debe hacerla el Presidente o, en su defecto, quien estime necesaria convocar dicha reunión, incluyendo para ello, el lugar, día, y hora en primera y segunda convocatoria, y, por supuesto, los temas que se van a tratar. Hay que tener en cuenta que las reuniones que se pueden llevar a cabo son Ordinarias o Extraordinarias dependiendo del tema que se vaya a tratar.

Vecindario

Las Juntas Ordinarias deberían convocarse, mínimo, una vez al año, aunque sea sólo para aprobar las cuentas y presupuestos.

Las Juntas Extraordinarias son aquéllas que se convocan con motivo de una situación excepcional que haya que tratar entre todos los vecinos y podrá ser convocada por el Presidente o bien por una cuarta parte de los propietarios.

La citación a los vecinos se harán en el domicilio en España que éstos hayan señalado, o en su defecto, en el local o vivienda del que son propietarios. En última instancia, se puede hacer la convocatoria a través del tablón de anuncios de la Comunidad. El encargado de estas citaciones es el Secretario.

Una vez citados, los vecinos son libres de asistir a la Junta, aunque si lo hacen puedes hacerlo por sí mismo o por un representante legalmente válido bastando para ello un simple escrito que le dé poderes suficientes.

El quórum necesario para que la Junta quede convalidada es por mayoría de los propietarios en primera convocatoria, mientras que en segunda convocatoria no se exige ningún quórum.

Una vez que se celebre la Junta, y en el momento de llevar a cabo las votaciones pertinentes, las mayorías exigibles para cada caso son las siguiente:

  • Por unanimidad en el caso de modificaciones de los estatutos comunitarios
  • Una tercera parte cuando se trate de instalar infraestructuras de suministro energético colectivo.
  • Tres quintas partes para instalar servicios tales como ascensor, portería, vigilancia o similares o bien arrendar zonas comunes.
  • Mayoría en el caso de hacer obras que tengan por fin eliminar barreras para minuválidos, y en otros casos no contemplados en los apartados anteriores.
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Escrito por: Javier Gomez -
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  4. #1 Valentin  enero 3, 2009

    El presidente de mi comunidad,es empresario de la construcción.¿ Puede realizar trabajos de reparación, mantenimiento y construcción en nuestra comunidad?

  5. #2 Jose Luis  octubre 2, 2009

    Tengo un caso insolito que resolver y me gustaria que me ayudaran.
    Tengo que convocar una reunion extraordinaria y la secretaria sin contar conmigo la ha convocado para una fecha que no puedo asistir. He hablado con ella y le he pedido que la convoquemos para dos dias despues a lo cual se opone. ¿Que puedo hacer legalmente?

  6. #3 kepa  octubre 19, 2009

    El propietario de un garaje subterráneo esta obligado a pagar los gastos de reparación del tejado

  7. #4 dum  junio 1, 2010

    Edificio aislado de 3 plantas. Con 2 viviendas simétricas por planta. A y B. Cada vecino tiene su hogar (6 en total).
    Hay 2 chimeneas independientes entre si: una para los tres hogares de las viviendas A, y otra para las 3 viviendas B. Entre estas 2 chimeneas hay una distancia de ocho metros, y cada una de ellas sale al ecxterior por la cubierta, tambien a ocho metros una de otra.
    Las reparaciones de las viviendas A deben, deben ser compartidas por las B, y viceversa? Debe el señor del 3º A hacerse cargo de la reparación de la chimenea del 1º B?

  8. #5 dum  junio 1, 2010

    Me pueden orientar?
    Edificio aislado de 3 plantas. Con 2 viviendas simétricas por planta. A y B. Cada vecino tiene su hogar (6 en total).
    Hay 2 chimeneas independientes entre si: una para los tres hogares de las viviendas A, y otra para las 3 viviendas B. Entre estas 2 chimeneas hay una distancia de ocho metros, y cada una de ellas sale al ecxterior por la cubierta, tambien a ocho metros una de otra.
    Las reparaciones de las viviendas A deben, deben ser compartidas por las B, y viceversa? Debe el señor del 3º A hacerse cargo de la reparación de la chimenea del 1º B?

  9. #6 Lucrecia  septiembre 22, 2010

    Hola me gustaria saber algo, alquilamos un primer piso que cuenta con patio. Y el presidente de la comunidad dice que el patio de nuestro piso no es nuestro sino de la comunidad. Quisiera saber si esto es asi o si el presidente de la comunidad esta equivocado. Ya que nos amenaza con hacer sacar todas las cosas que tenemos en el patio, porque el patio no es nuestro. Desde ya les agradeceria cualquier información que me puedan facilitar.

  10. #7 Paola  diciembre 13, 2010

    Hola! queria por favor si me puedes asesorar en una duda importante q tengo, estoy tan indignada.

    Resulta q hace como un mes a la presidenta del edificio se le ocurrio q las motos no pueden estar aparcadas en la puerta, ya q por ley debe haber una distancia de 3 metros.
    Ella no realizo ninguna notificacion y ningun tipo de aviso, mas q verbal q no me llego completo.
    Llego de trabajar y me encuentro q mi moto se la llevo la grua, entre deposito, grua y multa tuve q pagar 127, 80 euros.
    Yo alquilo hace un año ahi y la verdad estoy muy indignada, la presidenta actuo de modo correcto? por no se propietaria no habia q avisarme nada? puedo hacer algo al respecto?
    Agradezco me informes, muchas gracias!

  11. #8 Administracion de Fincas  marzo 14, 2011

    Somos una oficina de Administración de Fincas de Zaragoza, con amplios conocimientos de la Ley de Propiedad Horizontal. Les invito a visitar nuestro blog si tienen cualquier duda.

  12. #9 LOLA  mayo 14, 2011

    LLEVO MAS DE DOS MESES SIN PODER V ER BIEN LA TELEVISION SOLO VEO LA 1,2,LE HE AVISADO AL PRESIDENTE Y VARIOS VECINOS LE COMUNICAMOS QUE HAVIA QUE REPERAR LA ANTENA DE LA TELEVISION EL SE NIEGA ES MAS DA LARGAS Y NO REPARA , PORFAVOR ECXISTE ALGUNA LEY A LA QUE PODER AMPARARNOS PARA QUE ESTO TERMINE YA LES AGRADECERIA MUCHISIMO SU CONTESTACION LO MAS RAPIDA POSIBLE. GRACIAS POR PRESTARME ATENCION.

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