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	<title>Blog Inmobiliario - Globaliza.com</title>
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		<title>¿Qué se puede hacer cuando se hereda un préstamo hipotecario?</title>
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		<pubDate>Fri, 10 May 2013 13:07:39 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Bankimia</dc:creator>
				<category><![CDATA[Hipotecas]]></category>

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				<content:encoded><![CDATA[<span class="image-rss"><a href="http://blog.globaliza.com/que-se-puede-hacer-cuando-se-hereda-un-prestamo-hipotecario/"><img title="¿Qué se puede hacer cuando se hereda un préstamo hipotecario?" src="http://blog.globaliza.com/wp-content/uploads/2013/05/01.05.13.jpg" alt="¿Qué se puede hacer cuando se hereda un préstamo hipotecario?" width="300" height="225" /></a></span><br/><a href="http://blog.globaliza.com/wp-content/uploads/2013/05/01.05.13.jpg"><img class="aligncenter size-full wp-image-3405" alt="01.05.13" src="http://blog.globaliza.com/wp-content/uploads/2013/05/01.05.13.jpg" width="1600" height="1200" /></a>

<strong>¿Qué se puede hacer cuando se hereda un préstamo hipotecario?</strong>

Heredar una casa por vía testamentaria es algo bastante habitual. Pero, ¿qué pasa cuando sobre esa vivienda pesa una <strong>hipoteca</strong>? Tal y como establece la ley, los herederos reciben en herencia tanto lo bueno como lo malo, es decir, se heredan los bienes y derechos pero también las obligaciones y cargas.

De esta forma, en caso de fallecimiento del titular de una hipoteca, la propiedad del bien inmueble pasa a los herederos con las cargas correspondientes (en este caso la hipoteca). Y es que, de acuerdo con la ley, las deudas de una persona que fallece <strong>no se extinguen</strong> y los acreedores pueden ir contra los herederos si estos han aceptado la herencia.

Para evitar que esto suceda, y que los herederos deban hacerse cargo del préstamo hipotecario, puede contratarse un <strong>seguro de vida</strong> asociado a la hipoteca. En la actualidad, muchas entidades financieras exigen la contratación de este tipo de seguros como requisito para conceder el préstamo. A través de este seguro, la aseguradora asume el pago de la cantidad pendiente de amortizar del asegurado en caso de fallecimiento antes de haber satisfecho la totalidad de la deuda.

Si no existe dicho seguro asociado a la hipoteca, los herederos - si aceptan la herencia- deberán asumir el pago de las cuotas de la hipoteca. En este caso el banco no puede cambiar las condiciones del préstamo ya que no hay que modificar nada. La entidad simplemente debe cambiar el titular del préstamo y el nuevo titular ( el heredero) no tiene que firmar ninguna escritura de modificación/novación ( con los gastos que ello conlleva).

Para cambiar la titularidad del préstamo el banco sólo necesita los documentos del testamentario o el certificado de defunción, en su defecto, sino existe testamento.

 <strong>Otras opciones frente al pago de la hipoteca</strong>

Existen, no obstante, más opciones. El heredero siempre puede renunciar a la herencia si considera que no es capaz de asumir el pago de la deuda. Sin embargo, y ante la disyuntiva de sí aceptar o rechazar una herencia existe una tercera vía: <strong>aceptar la herencia a beneficio de inventario.</strong>

Es la opción más aconsejable cuando existen dudas fundadas de que la herencia puede llevar consigo deudas de cualquier índole. Con la aceptación de la herencia a beneficio de inventario se consigue que las deudas no contaminen el patrimonio del heredero. A través de esta figura jurídica se produce una absoluta separación entre el patrimonio hereditario y el patrimonio del heredero, exonerando a éste de toda responsabilidad por la deuda del causante. Con la aceptación de la herencia a beneficio de inventario se logra:

• Limitar la responsabilidad del heredero.

• Limitar la titularidad de la herencia conforme a los bienes que la componen no confundiéndolos con los propios del heredero.

• Conservar íntegras todas las acciones que el heredero tenía contra los bienes del difunto.

• En caso de que existan deudas, estas se pagarán primero a los acreedores según el orden en el que consten y se repartirán los bienes y derechos remanentes a los herederos.

Los expertos del <a href="http://www.bankimia.com/hipotecas" target="_blank">comparador de hipotecas</a> Bankimia recomiendan estudiar cuidadosamente todas las opciones e incluso vender el bien heredado si el nuevo titular no puede hacerse cargo de la hipoteca.]]></content:encoded>
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		<title>¿Puedo perder mi vivienda si ejecutan un embargo en la comunidad de vecinos?</title>
		<link>http://blog.globaliza.com/puedo-perder-mi-vivienda-si-ejecutan-un-embargo-en-la-comunidad-de-vecinos/</link>
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		<pubDate>Fri, 19 Apr 2013 07:50:42 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Juanjo Bueno y Patricia Briones</dc:creator>
				<category><![CDATA[Comunidad de vecinos]]></category>
		<category><![CDATA[Comunidades de vecinos]]></category>
		<category><![CDATA[embargo]]></category>
		<category><![CDATA[Ley de Propiedad Horizontal]]></category>
		<category><![CDATA[vivienda]]></category>

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				<content:encoded><![CDATA[<span class="image-rss"><a href="http://blog.globaliza.com/puedo-perder-mi-vivienda-si-ejecutan-un-embargo-en-la-comunidad-de-vecinos/"><img title="¿Puedo perder mi vivienda si ejecutan un embargo en la comunidad de vecinos?" src="http://blog.globaliza.com/wp-content/uploads/2013/04/promocion-de-viviendas.jpg" alt="¿Puedo perder mi vivienda si ejecutan un embargo en la comunidad de vecinos?" width="300" height="199" /></a></span><br/><a href="http://blog.globaliza.com/puedo-perder-mi-vivienda-si-ejecutan-un-embargo-en-la-comunidad-de-vecinos/promocion-de-viviendas/" rel="attachment wp-att-3398"><img class="aligncenter size-full wp-image-3398" alt="promocion-de-viviendas" src="http://blog.globaliza.com/wp-content/uploads/2013/04/promocion-de-viviendas.jpg" width="476" height="317" /></a>Las comunidades de propietarios no son ajenas a la crisis económica. Con frecuencia vemos como muchos de sus servicios o instalaciones (ascensor, piscina…) son parados o suprimidos a causa de la morosidad de los propietarios.

En este blog ya hemos abordado las consecuencias a las que se tiene que enfrentar un propietario moroso, que bien porque no puede o tal vez porque no quiere, deja de pagar las cuotas comunitarias.

Ahora bien, <strong>¿puede contraer deudas la comunidad?</strong> Sabemos que salvo para operaciones crediticias destinadas a la realización de obras, a la comunidad no se le reconoce personalidad jurídica.

Sin embargo, esto no le exime de poder ser deudor frente a terceros, como pueden ser los propietarios, quienes  se convierten en titulares de derecho de crédito si, por ejemplo, quieren cambiar el ascensor del edificio y solicitan al banco un préstamo. Esto es, es la entidad financiera quien en la póliza de dicho préstamo exigirá el aval personal de la totalidad de los propietarios para que en el hipotético caso de incumplimiento de pago por parte de la comunidad pueda asegurarse el cobro del mismo.

Dice la Ley de Propiedad Horizontal que la comunidad  responderá de sus deudas frente a terceros con todos los fondos y créditos a su favor. No obstante, si el acreedor no puede embargar los bienes de los que sea titular la comunidad, “subsidiariamente y previo requerimiento de pago al propietario respectivo, podrá dirigirse contra cada propietario que hubiese sido parte en el correspondiente proceso por la cuota que le corresponda en el importe satisfecho”, señala la Ley. Es decir, el acreedor podrá dirigirse contra los bienes privativos de los propietarios, incluidas sus viviendas.

&nbsp;

&nbsp;]]></content:encoded>
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		<title>¿Por qué decide cambiar la gente de banco?</title>
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		<pubDate>Tue, 16 Apr 2013 07:46:25 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Bankimia</dc:creator>
				<category><![CDATA[Préstamos]]></category>

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		<description><![CDATA[<span class="image-rss"><a href="http://blog.globaliza.com/por-que-decide-cambiar-la-gente-de-banco/"><img title="¿Por qué decide cambiar la gente de banco?" src="http://blog.globaliza.com/wp-content/uploads/2013/04/grafica.jpg" alt="¿Por qué decide cambiar la gente de banco?" width="300" height="114" /></a></span><br/>&#160; El 46% de las personas que cambiarían de banco lo haría para mejorar las condiciones de su préstamo El mercado crediticio español no está pasando por un buen momento. La crisis económica y la morosidad han hecho mella, y los créditos no fluyen. Ni para empresas ni para particulares. De hecho, en enero de este año se habían concedido 24.760 millones de euros menos que el mismo mes de 2012, según datos publicados por la Asociación Española de Banca. Asimismo, los pocos préstamos que se conceden no cuentan con unas condiciones tan atractivas como tiempo atrás. Y es complicado...]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<span class="image-rss"><a href="http://blog.globaliza.com/por-que-decide-cambiar-la-gente-de-banco/"><img title="¿Por qué decide cambiar la gente de banco?" src="http://blog.globaliza.com/wp-content/uploads/2013/04/grafica.jpg" alt="¿Por qué decide cambiar la gente de banco?" width="300" height="114" /></a></span><br/>&nbsp;

<a href="http://blog.globaliza.com/por-que-decide-cambiar-la-gente-de-banco/grafica/" rel="attachment wp-att-3384"><img class="aligncenter size-full wp-image-3384" alt="grafica" src="http://blog.globaliza.com/wp-content/uploads/2013/04/grafica.jpg" width="476" height="182" /></a>

<strong>El 46% de las personas que cambiarían de banco lo haría para mejorar las condiciones de su préstamo</strong>

El mercado crediticio español no está pasando por un buen momento. La crisis económica y la morosidad han hecho mella, y los créditos no fluyen. Ni para empresas ni para particulares. De hecho, en enero de este año se habían concedido 24.760 millones de euros menos que el mismo mes de 2012, según datos publicados por la Asociación Española de Banca.

Asimismo, los pocos préstamos que se conceden no cuentan con unas condiciones tan atractivas como tiempo atrás. Y es complicado encontrar diferenciales (interés que se suma al índice de referencia que se aplica al crédito) a los niveles de hace unos años. En la mayoría de las hipotecas se supera el Euribor + 2,50%, cifra impensable tiempo atrás.

A pesar de este escenario, un 46% de los clientes de bancos y cajas que estarían dispuestos a cambiar de entidad lo harían para mejorar los tipos de interés de sus créditos. Así se desprende de un informe realizado por el comparador de productos bancarios <a href="http://www.bankimia.com/" target="_blank">Bankimia</a>, en colaboración con el instituto de investigación de mercados Target-Empirica, en el que se ha analizado la percepción que los clientes de las entidades bancarias tienen acerca del coste de sus préstamos.

 <strong>Lo más importante, las comisiones</strong>

Con todo, según los encuestados, hay un factor aún más importante a la hora de plantearse un cambio de entidad financiera: evitar las comisiones. Lo alude un 57 % de los preguntados que están dispuestos a cambiar de banco. Sólo los clientes de BBVA y Santander no lo escogen como primera opción y priorizan el coste de los créditos.

Por su parte, los usuarios de CatalunyaCaixa y La Caixa son los que más querrían eliminar las comisiones de sus cuentas. En un 70% y un 64% de los casos, respectivamente. Lo detallamos en el siguiente gráfico:

<a href="http://blog.globaliza.com/por-que-decide-cambiar-la-gente-de-banco/grafica/" rel="attachment wp-att-3384"><img class="aligncenter size-full wp-image-3384" alt="grafica" src="http://blog.globaliza.com/wp-content/uploads/2013/04/grafica.jpg" width="476" height="182" /></a>

<strong>Varias cosas a tener en cuenta antes de cambiar de hipoteca</strong>

Con todo, expertos de Bankimia recuerdan a quien esté considerando la idea de cambiar de banco para mejorar las condiciones de su hipoteca que tengan en cuenta, además del tipo de interés que se le aplicará, otros aspectos. Entre ellos: 
<ul>
	<li>Los productos que le exigen contratar (seguros, fondos de inversión, planes de pensiones, tarjetas, cuentas corrientes…). </li>
	<li>Las comisiones que los productos asociados puedan tener. </li>
	<li>Las comisiones por subrogación, desistimiento (cancelación anticipada) parcial o total. Este aspecto es especialmente importante pues permitirá en el futuro poder contratar hipotecas con mejores económicas sin que la cancelación de la que se tiene contratada actualmente tenga un coste elevado.</li>
</ul>
&nbsp;

Para más información sobre el estudio, puedes acceder a la presentación haciendo clic <a href="http://es.slideshare.net/Bankimia/informe-percepcin-de-los-clientes-el-coste-de-los-prstamos-bancarios" target="_blank">aquí</a>.

<strong>Contacto:
</strong>Sergio Fernández
<a href="mailto:contacto@bankimia.com">contacto@bankimia.com</a>
93 675 99 36]]></content:encoded>
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		<title>Avales y garantías al solicitar un préstamo o hipoteca</title>
		<link>http://blog.globaliza.com/avales-y-garantias-al-solicitar-un-prestamo-o-hipoteca/</link>
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		<pubDate>Fri, 05 Apr 2013 07:57:52 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Bankimia</dc:creator>
				<category><![CDATA[Hipotecas]]></category>

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		<description><![CDATA[<span class="image-rss"><a href="http://blog.globaliza.com/avales-y-garantias-al-solicitar-un-prestamo-o-hipoteca/"><img title="Avales y garantías al solicitar un préstamo o hipoteca" src="http://blog.globaliza.com/wp-content/uploads/2013/04/prestamo.jpg" alt="Avales y garantías al solicitar un préstamo o hipoteca" width="300" height="199" /></a></span><br/>A la hora de conceder un préstamo o hipoteca, las entidades financieras quieren asegurarse que el prestatario (quien pide el crédito) devolverá el dinero más los intereses. Para eso, en algunos casos, se piden unas garantías adicionales a las que aporta el solicitante. El objetivo es que se puedan cubrir los pagos si el prestatario no les pudiera hacer frente. Estas garantías reciben el nombre de aval. Dada la actual coyuntura económica, han aumentado las exigencias al pedir un crédito. Entre otros, la entidad financiera valorará el importe de la nómina del solicitante (hay que recordar que una parte del...]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<span class="image-rss"><a href="http://blog.globaliza.com/avales-y-garantias-al-solicitar-un-prestamo-o-hipoteca/"><img title="Avales y garantías al solicitar un préstamo o hipoteca" src="http://blog.globaliza.com/wp-content/uploads/2013/04/prestamo.jpg" alt="Avales y garantías al solicitar un préstamo o hipoteca" width="300" height="199" /></a></span><br/><a href="http://blog.globaliza.com/avales-y-garantias-al-solicitar-un-prestamo-o-hipoteca/prestamo/" rel="attachment wp-att-3374"><img class="aligncenter size-full wp-image-3374" alt="prestamo" src="http://blog.globaliza.com/wp-content/uploads/2013/04/prestamo.jpg" width="476" height="317" /></a>

A la hora de conceder un préstamo o hipoteca, las entidades financieras quieren asegurarse que el prestatario (quien pide el crédito)<b> devolverá el dinero</b> más los intereses. Para eso, en algunos casos, se piden unas garantías adicionales a las que aporta el solicitante. El objetivo es que se puedan cubrir los pagos si el prestatario no les pudiera hacer frente. Estas garantías reciben el nombre de aval.

Dada la actual coyuntura económica, <b>han aumentado las exigencias</b> al pedir un crédito. Entre otros, la entidad financiera valorará el importe de la nómina del solicitante (hay que recordar que una parte del sueldo no se puede embargar), el sector en el que trabaja (no es lo mismo estar empleado en la construcción que en el sector de la exportación), la solvencia de la empresa, su estado civil, si tiene cargas familiares…

Además, cada vez es más díficil encontrar <a href="http://www.bankimia.com/prestamos-sin-aval" target="_blank">préstamos y créditos sin aval</a>. Y no sólo se demandan cuando el prestatario es muy joven o mayor, no tiene una nómina fija o es un profesional autónomo. Si bien se trata de un requisito común, se han de tener en cuenta varios factores a la hora de llevarlo a cabo.

Expertos del comparador de productos bancarios <a href="http://www.bankimia.com/" target="_blank">Bankimia</a> recuerdan que avalar en un préstamo “es una responsabilidad que se asume con la entidad financiera que presta dinero a un tercero”. En este sentido, añaden que “en caso de impago y falta de solvencia del prestatario, el banco intentará cobrar a través del patrimonio del avalador”.

Así, aconsejan que si el banco o caja en el que se pide un crédito reclama garantías adicionales “sería bueno reflexionar sobre la necesidad real del mismo. Si fuera indispensable, es conveniente intentar avalar con bienes de la propiedad del prestatario antes de implicar a un tercero en la operación”.

Los avales pueden ser de <b>diferentes clases</b>. A continuación enumeramos los principales tipos:
<ul>
	<li><b>Aval personal:</b> Cuando una tercera persona, con su patrimonio presente y futuro, se hace responsable de cubrir los impagos que pudiera haber. Se trata de uno de las fianzas más habituales en los préstamos personales y la mayoría de las veces lo suscribe un familiar del solicitante del crédito o una persona muy cercana. Quien acepta ser avalador en un préstamo, se convierte automáticamente, y junto a quien lo pide, en responsable del mismo.</li>
	<li><b>Aval hipotecario:</b> El prestatario ofrece un bien inmueble, como un piso o una casa, como garantía de los pagos. Así, la entidad que ha concedido el dinero lo ejecutará, si no se abonan las cuotas, para cubrir la deuda. Normalmente, el bien supera el valor del crédito, y mientras existe la deuda no se puede vender. Se acostumbra a pedir este tipo de señal cuando el crédito supera el 80% del precio del inmueble que se va a comprar. También cuando quien reclama el préstamo destinará más del 40% de sus ingresos al pago de las mensualidades. </li>
	<li><b>Pignoración: </b>Literalmente significa dar o dejar en prenda. En el caso de los avales, se traduciría en proporcionar como fianzaun producto bancario: depósitos, títulos de deudas, acciones… Son algunos de ellos. Además, el titular del préstamo no puede hacer uso  del dinero del depósito hasta que no concluya el aval, aunque el plazo de la inversión haya llegado a su fin. Con todo, sí puede cobrar los rendimientos que dé el depósito.</li>
	<li><b>Aval sobre bienes muebles: </b>Es lo que se conoce como prenda y puede tratarse de joyas, cuadros, muebles, vehículos… Estos se pueden depositar en la entidad a la que se pide el crédito, se denomina “prenda con desplazamiento de la posesión” o bien se pueden mantener en el lugar de origen si bien está comprometido hasta que no se retorne la deuda. Es la “prenda sin desplazamiento de la posesión”. </li>
</ul>]]></content:encoded>
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		</item>
		<item>
		<title>Sistema de notificaciones en las comunidades de vecinos</title>
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		<pubDate>Tue, 02 Apr 2013 07:38:11 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Juanjo Bueno y Patricia Briones</dc:creator>
				<category><![CDATA[Comunidad de vecinos]]></category>
		<category><![CDATA[Comunidades de vecinos]]></category>
		<category><![CDATA[domicilio]]></category>
		<category><![CDATA[Ley de Propiedad Horizontal]]></category>
		<category><![CDATA[notificaciones]]></category>

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		<description><![CDATA[<span class="image-rss"><a href="http://blog.globaliza.com/sistema-de-notificaciones-en-las-comunidades-de-vecinos/"><img title="Sistema de notificaciones en las comunidades de vecinos" src="http://blog.globaliza.com/wp-content/uploads/2013/04/ley-propiedad.jpg" alt="Sistema de notificaciones en las comunidades de vecinos" width="300" height="199" /></a></span><br/>Una de las obligaciones del propietario de una vivienda o local en un edificio en régimen de propiedad horizontal es “comunicar a quien ejerza las funciones de secretario de la comunidad, por cualquier medio que permita tener constancia de su recepción, el domicilio en España a efectos de citaciones y notificaciones de toda índole relacionadas con la comunidad”. Así lo establece el artículo 9.1.h) de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH). Del contenido completo de este precepto se pueden extraer conclusiones, que es importante poner sobre la mesa para delimitar las responsabilidades en el sistema de notificaciones: 1)      Designación del...]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<span class="image-rss"><a href="http://blog.globaliza.com/sistema-de-notificaciones-en-las-comunidades-de-vecinos/"><img title="Sistema de notificaciones en las comunidades de vecinos" src="http://blog.globaliza.com/wp-content/uploads/2013/04/ley-propiedad.jpg" alt="Sistema de notificaciones en las comunidades de vecinos" width="300" height="199" /></a></span><br/><a href="http://blog.globaliza.com/sistema-de-notificaciones-en-las-comunidades-de-vecinos/ley-propiedad/" rel="attachment wp-att-3368"><img class="aligncenter size-full wp-image-3368" alt="ley-propiedad" src="http://blog.globaliza.com/wp-content/uploads/2013/04/ley-propiedad.jpg" width="476" height="317" /></a>Una de las obligaciones del propietario de una vivienda o local en un edificio en régimen de propiedad horizontal es “comunicar a quien ejerza las funciones de secretario de la comunidad, por cualquier medio que permita tener constancia de su recepción, el domicilio en España a efectos de citaciones y notificaciones de toda índole relacionadas con la comunidad”. Así lo establece el <strong>artículo 9.1.h) de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH).</strong>

Del contenido completo de este precepto se pueden extraer conclusiones, que es importante poner sobre la mesa para delimitar las responsabilidades en el sistema de notificaciones:

<b>1)      </b><b>Designación del domicilio</b>

Quien está obligado a comunicar el domicilio, ya sea vivienda o local, a efecto de notificaciones es el propietario. Esto es lo que se conoce como “domicilio electivo”.

Por lo tanto, dado que la responsabilidad recae en el propietario, no es obligación de la comunidad de vecinos requerirle para que designe dicho domicilio.

<b>2)      </b><b>Forma de practicar la comunicación</b>

La comunicación del propietario debe realizarse “de modo fehaciente por cualquier medio que permita tener constancia de su recepción”, según dice la LPH. En consecuencia, es aconsejable que esta notificación se realice por burofax, telegrama, email confirmado o en mano con un recibí por parte del destinatario.

<b>3)      </b><b>Destinatario de la comunicación</b>

El propietario deberá comunicar el domicilio al secretario de la comunidad de vecinos. Y, aunque, como regla general, los cargos de secretario y administrador de fincas recaen en una misma persona, cuando no sea así, la comunicación deberá realizarse a la persona que efectivamente haya sido designada para el cargo de secretario.

<b>4)      </b><b>El domicilio designado debe ser en España</b>

Como hemos visto, el artículo 9.1 de la LPH así lo exige, pero ¿<b>qué ocurre cuando un propietario reside fuera del territorio español y designa como domicilio el lugar donde reside?</b> Ciertamente aunque la Ley exija que el propietario designe un domicilio en España para las notificaciones, la doctrina mayoritaria admite que la comunidad puede adoptar un acuerdo por mayoría simple por el cual se autorice en estos casos que el propietario escoja como “domicilio electivo” el de su residencia habitual en el extranjero.

Ahora bien, en estos casos el gasto derivado de practicar la notificación en el extranjero no tendrá la consideración de gasto general al ser susceptible de individualización.

&nbsp;

&nbsp;]]></content:encoded>
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		<title>Las hipotecas referenciadas al IRS podrían llegar en abril</title>
		<link>http://blog.globaliza.com/las-hipotecas-referenciadas-al-irs-podrian-llegar-en-abril/</link>
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		<pubDate>Mon, 11 Mar 2013 08:28:13 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Bankimia</dc:creator>
				<category><![CDATA[Hipotecas]]></category>

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		<description><![CDATA[<span class="image-rss"><a href="http://blog.globaliza.com/las-hipotecas-referenciadas-al-irs-podrian-llegar-en-abril/"><img title="Las hipotecas referenciadas al IRS podrían llegar en abril" src="http://blog.globaliza.com/wp-content/uploads/2013/03/hipoteca.jpg" alt="Las hipotecas referenciadas al IRS podrían llegar en abril" width="300" height="199" /></a></span><br/>Está previsto que en abril, cuando desaparezcan los índices hipotecarios IRPH Bancos, IRPH Cajas y CECA, se empiecen a comercializar en nuestro país las primeras hipotecas referenciadas al IRS, índice que se estrenó oficialmente el pasado mes de noviembre cuando el Banco de España publicó su primera media mensual, y que nace con vocación de restarle protagonismo al Euribor.  ¿Qué es el IRS? Bancos y cajas cuentan, desde hace unos meses, con un nuevo indicador hipotecario: el IRS (siglas de Interest Rate Swap o Permuta del tipo de interés). Se trata de un índice que refleja el coste del dinero...]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<span class="image-rss"><a href="http://blog.globaliza.com/las-hipotecas-referenciadas-al-irs-podrian-llegar-en-abril/"><img title="Las hipotecas referenciadas al IRS podrían llegar en abril" src="http://blog.globaliza.com/wp-content/uploads/2013/03/hipoteca.jpg" alt="Las hipotecas referenciadas al IRS podrían llegar en abril" width="300" height="199" /></a></span><br/><a href="http://blog.globaliza.com/las-hipotecas-referenciadas-al-irs-podrian-llegar-en-abril/hipoteca/" rel="attachment wp-att-3357"><img class="aligncenter size-full wp-image-3357" alt="hipoteca" src="http://blog.globaliza.com/wp-content/uploads/2013/03/hipoteca.jpg" width="476" height="317" /></a>Está previsto que en abril, cuando desaparezcan <a title="Bankimia" href="http://euribor.bankimia.com/" target="_blank">los índices hipotecarios IRPH Bancos, IRPH Cajas y CECA</a>, se empiecen a comercializar en nuestro país las primeras hipotecas referenciadas al IRS, índice que se estrenó oficialmente el pasado mes de noviembre cuando el <strong>Banco de España</strong> publicó su primera media mensual, y que nace con vocación de restarle protagonismo al Euribor.

 <strong>¿Qué es el IRS?
</strong>Bancos y cajas cuentan, desde hace unos meses, con un nuevo indicador hipotecario: el <strong>IRS</strong> (siglas de <strong>Interest Rate Swap</strong> o Permuta del tipo de interés). Se trata de un índice que refleja el coste del dinero a cinco años sin prima de riesgo. Su operativa de cálculo es más compleja y más difícil de entender que la que se aplica con el Euribor. El IRS se calcula haciendo una media del precio al que la banca obtiene el dinero en el mercado de cobertura de riesgos, es decir, a través de swaps (contratos por los que se intercambia dinero a futuro).

 <strong>¿Por qué aún no se usa el IRS?</strong> Tanto bancos como cajas han defendido la utilidad de este nuevo índice hipotecario al que consideran más estable y menos volátil que al Euribor. Sin embargo y, a pesar de que el IRS se estrenó oficialmente el pasado mes de noviembre, lo cierto es que aún no hay hipotecas referenciadas a él. El Euribor sigue siendo el tipo de referencia más utilizado en la constitución de hipotecas a interés variable, según se puede analizar en el comparador de hipotecas Bankimia.

Según datos del <a title="INE" href="http://www.ine.es/" target="_blank">Instituto Nacional de Estadística </a>(INE), en diciembre del pasado año, el 83,5% de los nuevos contratos se referenciaron al Euribor.
Extraña por tanto el hecho de que, después de solicitarlo, ninguna entidad financiera haya puesto en el mercado todavía hipotecas referenciadas al IRS. Una de las causas de que aún no existan contratos ligados a la evolución de este nuevo índice hipotecario puede encontrarse en el hecho de que cotiza por debajo de lo que se preveía. Según datos del <strong>Banco de España</strong>, su último valor oficial (media de febrero de 2012) es del 1,083%.

Tampoco desde el <strong>Ministerio de Economía</strong> se ha informado aún de cómo se realizará el cambio de indicador de las hipotecas referenciadas a los índices que desaparecen (IRPH Bancos, IRPH Cajas y CECA). En principio, está previsto que el IRS se aplique tanto a las hipotecas de nueva constitución, si así lo decide la banca, como a los préstamos hipotecarios referenciados a aquellos índices que dejarán de existir a partir del 29 de abril.

Salvo que en el contrato se especifique que en caso de desaparecer el IRPH, estos préstamos pasan a referenciarse directamente al Euribor, es más que probable que lo hagan al IRS. Sin embargo, como decimos, desde el Ministerio de Economía aún no se ha explicado cómo se hará el cambio ni con qué normas.

Por el momento y antes si quiera de que existan hipotecas referenciadas al IRS, este nuevo indicador hipotecario ya ha recibido algunas criticas. Desde la <strong>Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae)</strong> consideran que la aplicación del IRS se traducirá en hipotecas más caras.

Aunque no siempre el IRS ha sido más caro que el Euribor, la distancia entre ambos índices se acentuó considerablemente en septiembre del pasado año, cuando el Euribor cerró por debajo del precio oficial del dinero (en el 0,74%) mientras que el IRS lo hizo en el 0,94%. Una distancia que se ha acentuado en los últimos meses. En la actualidad, el Euribor cotiza al 0,59% (media de febrero) mientras que el IRS lo hace al 1,083%.]]></content:encoded>
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		<title>¿Puede ocupar la vivienda-portería un familiar del portero?</title>
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		<pubDate>Fri, 08 Mar 2013 08:20:20 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Juanjo Bueno y Patricia Briones</dc:creator>
				<category><![CDATA[Comunidad de vecinos]]></category>
		<category><![CDATA[Comunidades de vecinos]]></category>
		<category><![CDATA[Preguntas al experto]]></category>
		<category><![CDATA[convenio laboral de empleados de fincas urbanas]]></category>
		<category><![CDATA[porteria]]></category>
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		<description><![CDATA[<span class="image-rss"><a href="http://blog.globaliza.com/puede-ocupar-la-vivienda-porteria-un-familiar-del-portero/"><img title="¿Puede ocupar la vivienda-portería un familiar del portero?" src="http://blog.globaliza.com/wp-content/uploads/2013/03/porteria.jpg" alt="¿Puede ocupar la vivienda-portería un familiar del portero?" width="300" height="199" /></a></span><br/>Aunque son pocas las que perviven, todavía existen viviendas de portería en España, especialmente en los edificios de centros urbanos de grandes capitales, como Madrid. En esta ocasión, Mario, que habita en una comunidad del barrio de Chamberí (Madrid), nos ha trasladado esta consulta: “El portero de nuestro edificio ha fallecido recientemente y su viuda quiere seguir viviendo en la casa-portería, ¿está en su derecho?”. En nuestra opinión y en virtud del art. 49 del Convenio laboral de empleados de fincas urbanas de la Comunidad de Madrid, la vivienda del portero está vinculada con sus funciones.Como consecuencia de su fallecimiento,...]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<span class="image-rss"><a href="http://blog.globaliza.com/puede-ocupar-la-vivienda-porteria-un-familiar-del-portero/"><img title="¿Puede ocupar la vivienda-portería un familiar del portero?" src="http://blog.globaliza.com/wp-content/uploads/2013/03/porteria.jpg" alt="¿Puede ocupar la vivienda-portería un familiar del portero?" width="300" height="199" /></a></span><br/><a href="http://blog.globaliza.com/puede-ocupar-la-vivienda-porteria-un-familiar-del-portero/porteria/" rel="attachment wp-att-3351"><img class="alignleft size-full wp-image-3351" alt="porteria" src="http://blog.globaliza.com/wp-content/uploads/2013/03/porteria.jpg" width="476" height="317" /></a>Aunque son pocas las que perviven, todavía existen viviendas de portería en España, especialmente en los edificios de centros urbanos de grandes capitales, como Madrid.

En esta ocasión, <strong>Mario</strong>, que habita en una comunidad del barrio de Chamberí (Madrid), nos ha trasladado esta consulta: “El portero de nuestro edificio ha fallecido recientemente y su viuda quiere seguir viviendo en la casa-portería, ¿está en su derecho?”.

En nuestra opinión y en virtud del <strong>art. 49 del Convenio laboral de empleados de fincas urbanas de la Comunidad de Madrid</strong>, la vivienda del portero está vinculada con sus funciones.Como consecuencia de su fallecimiento, quedara tácitamente extinguido el contrato de trabajoy  quien ocupara en ese momento el inmueble habrá de desalojarlo en el plazo de 60 días naturales<i>. </i>

En consecuencia, la viuda del portero deberá desalojar la vivienda en 60 días, plazo que empezará a contar a partir de la resolución del contrato de trabajo.

Solo cabe una salvedad:  que la comunidad de propietarios y la viuda celebren un contrato de arrendamiento de la vivienda. No obstante, la comunidad no tiene obligación alguna de celebrar dicho contrato por el hecho de que la persona interesada haya vivido hasta ese momento en la casa-portería.]]></content:encoded>
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		<title>El Euribor y los diferenciales siguen subiendo en Febrero</title>
		<link>http://blog.globaliza.com/el-euribor-y-los-diferenciales-siguen-subiendo-en-febrero/</link>
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		<pubDate>Thu, 07 Mar 2013 09:16:47 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Bankimia</dc:creator>
				<category><![CDATA[Varios]]></category>

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		<description><![CDATA[<span class="image-rss"><a href="http://blog.globaliza.com/el-euribor-y-los-diferenciales-siguen-subiendo-en-febrero/"><img title="El Euribor y los diferenciales siguen subiendo en Febrero" src="http://blog.globaliza.com/wp-content/uploads/2013/03/euribor-bajada.jpg" alt="El Euribor y los diferenciales siguen subiendo en Febrero" width="300" height="199" /></a></span><br/>El Euribor, indicador al que están referenciadas la mayoría de las hipotecas en nuestro país, parece haber retomado la senda alcista que dejó a finales de 2011. Ha cerrado el mes de febrero en el 0,594%, su segunda subida mensual consecutiva después de que en enero rompiera una racha de 14 meses consecutivos de caídas.  Sin embargo, y a pesar de este repunte mensual, las familias hipotecadas que revisen sus préstamos en estos momentos se volverán a beneficiar de descuentos importantes en sus hipotecas. Esto es así porque el Euribor ha cerrado este mes de febrero muy por debajo del...]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<span class="image-rss"><a href="http://blog.globaliza.com/el-euribor-y-los-diferenciales-siguen-subiendo-en-febrero/"><img title="El Euribor y los diferenciales siguen subiendo en Febrero" src="http://blog.globaliza.com/wp-content/uploads/2013/03/euribor-bajada.jpg" alt="El Euribor y los diferenciales siguen subiendo en Febrero" width="300" height="199" /></a></span><br/><a href="http://blog.globaliza.com/el-euribor-y-los-diferenciales-siguen-subiendo-en-febrero/euribor-bajada/" rel="attachment wp-att-3339"><img class="aligncenter size-full wp-image-3339" alt="euribor-bajada" src="http://blog.globaliza.com/wp-content/uploads/2013/03/euribor-bajada.jpg" width="476" height="317" /></a>El Euribor, indicador al que están referenciadas la mayoría de las hipotecas en nuestro país, parece haber retomado la senda alcista que dejó a finales de 2011. Ha cerrado el mes de febrero en el <b>0,594%,</b> su segunda subida mensual consecutiva después de que en enero rompiera una racha de 14 meses consecutivos de caídas. 

Sin embargo, y a pesar de este repunte mensual, las familias hipotecadas que revisen sus préstamos en estos momentos se volverán a beneficiar de <b>descuentos importantes </b>en sus hipotecas. Esto es así porque el Euribor ha cerrado este mes de febrero muy por debajo del nivel que marcó en febrero del 2012 cuando se situó en el 1,678%.  

De esta forma, para una hipoteca media de 150.000 euros contratada hace un año a un plazo de amortización de 25 años y que se revise en estos momentos, el descuento será de 74 euros mensuales, 888 euros al año. Un descuento del que se beneficiarán quienes no tengan <b>cláusula suelo</b> en sus contratos (una cláusula que limita las oscilaciones de los tipos de interés y que afectan a un tercio de las hipotecas existentes, según datos del Banco de España). 

<b>Hipotecas nuevas más caras</b> 

Tampoco podrán beneficiarse de estos niveles del Euribor quienes contraten sus préstamos hipotecarios en estos momentos. Tanto bancos como cajas están incrementando el diferencial que añaden al Euribor para contrarrestar su caída. En la actualidad, por tanto, es imposible encontrar hipotecas con diferenciales por debajo del 1%. 

Según el <b><a href="http://www.bankimia.com/evolucion-indices-hipotecas-global">índice hipotecario que elabora Bankimia</a></b>, el diferencial medio que aplican los bancos a sus préstamos hipotecarios se sitúa en la actualidad en Euribor+2,979% por encima de Euribor+2,729% de hace tan sólo un mes. Las Cajas también están incrementando los diferenciales que aplican a sus hipotecas. En estos momentos, el diferencial medio que aplican las Cajas de Ahorro a sus préstamos hipotecarios se coloca en Euribor+3,480% frente a Euribor+3,463% de hace un mes. 

Los bancos online -tradicionalmente ofrecían las mejores condiciones en sus hipotecas- tampoco han escapado a esta tendencia y también están incrementando los diferenciales que añaden al Euribor. En estos momentos, el diferencial medio que aplican las entidades online a sus hipotecas se sitúa en Euribor+2,497% frente a Euribor+2,176% de hace un año. 

De esta forma, y según datos del <b><a href="http://www.ine.es/">Instituto Nacional de Estadística (INE</a>)</b>, el tipo de interés medio de los préstamos hipotecarios sobre viviendas se sitúa en el 4,45%, un 4,7% superior al de hace un año. Por entidades, el tipo de interés medio de los préstamos concedidos por las Cajas de Ahorro es del 4,70% mientras que el interés medio de los préstamos hipotecarios concedidos por los bancos se sitúa en el 4,65%.]]></content:encoded>
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		<title>¿Cómo se adoptan las normas de régimen interior?</title>
		<link>http://blog.globaliza.com/como-se-adoptan-las-normas-de-regimen-interior/</link>
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		<pubDate>Tue, 19 Feb 2013 08:27:47 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Juanjo Bueno y Patricia Briones</dc:creator>
				<category><![CDATA[Comunidades de vecinos]]></category>
		<category><![CDATA[Preguntas al experto]]></category>
		<category><![CDATA[Varios]]></category>
		<category><![CDATA[acuerdo]]></category>
		<category><![CDATA[Administrador de fincas]]></category>
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		<category><![CDATA[estatutos]]></category>
		<category><![CDATA[titulo]]></category>
		<category><![CDATA[vivienda]]></category>

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		<description><![CDATA[<span class="image-rss"><a href="http://blog.globaliza.com/como-se-adoptan-las-normas-de-regimen-interior/"><img title="¿Cómo se adoptan las normas de régimen interior?" src="http://blog.globaliza.com/wp-content/uploads/2013/02/normas-comunidad.jpg" alt="¿Cómo se adoptan las normas de régimen interior?" width="300" height="199" /></a></span><br/>Tan importante es que una comunidad de propietarios tenga estatutos como que adopte normas de uso interno para “regular los detalles de la convivencia”, como dice la Ley de Propiedad Horizontal. Ahora bien, muchas veces los propios propietarios no prestan atención a cómo adoptar estos reglamentos de uso interno. Y aunque es posible que vengan dados por la promotora inmobiliaria antes de iniciar la venta de los inmuebles, lo habitual es que sean adoptados por los integrantes de la junta de propietarios una vez haya sido constituida. Matías acaba de comprar un apartamento y la comunidad todavía no ha fijado...]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<span class="image-rss"><a href="http://blog.globaliza.com/como-se-adoptan-las-normas-de-regimen-interior/"><img title="¿Cómo se adoptan las normas de régimen interior?" src="http://blog.globaliza.com/wp-content/uploads/2013/02/normas-comunidad.jpg" alt="¿Cómo se adoptan las normas de régimen interior?" width="300" height="199" /></a></span><br/><a href="http://blog.globaliza.com/como-se-adoptan-las-normas-de-regimen-interior/normas-comunidad/" rel="attachment wp-att-3332"><img class="alignleft size-full wp-image-3332" alt="normas-comunidad" src="http://blog.globaliza.com/wp-content/uploads/2013/02/normas-comunidad.jpg" width="476" height="317" /></a>Tan importante es que una comunidad de propietarios tenga estatutos como que adopte normas de uso interno para “regular los detalles de la convivencia”, como dice la Ley de Propiedad Horizontal.

Ahora bien, muchas veces los propios propietarios no prestan atención a cómo adoptar estos reglamentos de uso interno. Y aunque es posible que vengan dados por la promotora inmobiliaria antes de iniciar la venta de los inmuebles, lo habitual es que sean adoptados por los integrantes de la junta de propietarios una vez haya sido constituida.

<strong>Matías</strong> acaba de comprar un apartamento y la comunidad todavía no ha fijado las normas de régimen interno. Su pregunta es concisa: <strong>¿qué debe contener este reglamento?</strong>

Su <strong>contenido</strong> suele ser el siguiente:

-<strong>Uso de elementos o servicios comunes de la finca</strong>, por ejemplo los referidos al uso correcto del ascensor o al horario de encendido o apagado de calefacción.

-<strong>Normas de convivencia</strong> a tener en cuenta en las instalaciones deportivas, como bien pudieran ser las relativas al uso y funcionamiento de la piscina.

-<strong>Normas sobre facultades de los órganos de la comunidad,</strong> sobre todo las del presidente, como representante legal, y las del administrador de la finca.

En cuanto a su aprobación o modificación, será necesario la adopción de un <strong>acuerdo al respecto por mayoría simple</strong> de los asistentes al tener la consideración de acto de mera administración (art. 17.4 LPH).

En defecto de acuerdo, podrá acudirse a la vía judicial para que el Juez resuelva a través de un juicio de equidad.

El reglamento de régimen interno no suele incluirse con el Título ni tampoco se inscribe en el Registro de la Propiedad. No obstante, a diferencia de los que ocurre con los estatutos, aunque no se inscriban, los nuevos adquirentes estarán afectos al cumplimiento de sus normas.

El acuerdo de adopción quedará reflejado, al igual que su contenido, en el Libro de Actas.

&nbsp;]]></content:encoded>
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		<title>Las comisiones, principal argumento para cambiar de banco</title>
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		<pubDate>Thu, 14 Feb 2013 08:35:39 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Bankimia</dc:creator>
				<category><![CDATA[Especiales]]></category>
		<category><![CDATA[Préstamos]]></category>

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		<description><![CDATA[<span class="image-rss"><a href="http://blog.globaliza.com/las-comisiones-principal-argumento-para-cambiar-de-banco/"><img title="Las comisiones, principal argumento para cambiar de banco" src="http://blog.globaliza.com/wp-content/uploads/2013/02/tipos-bancos.jpg" alt="Las comisiones, principal argumento para cambiar de banco" width="300" height="199" /></a></span><br/>•El 31% de los clientes de banca encuestados consideran altamente probable cambiar de banco principal en los próximos 12 meses.  
•El 57% de los encuestados que tienen la intención de cambiar de banco argumentan como razón principal las comisiones que cobra su entidad actual.
•La entidad mejor valorada por sus clientes por las comisiones que aplica es ING Direct obteniendo una nota de 9,4 sobre 10, seguida de Bankinter con 6,2.
...]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<span class="image-rss"><a href="http://blog.globaliza.com/las-comisiones-principal-argumento-para-cambiar-de-banco/"><img title="Las comisiones, principal argumento para cambiar de banco" src="http://blog.globaliza.com/wp-content/uploads/2013/02/tipos-bancos.jpg" alt="Las comisiones, principal argumento para cambiar de banco" width="300" height="199" /></a></span><br/><b><a href="http://blog.globaliza.com/las-comisiones-principal-argumento-para-cambiar-de-banco/tipos-bancos/" rel="attachment wp-att-3317"><img class="aligncenter size-full wp-image-3317" alt="tipos-bancos" src="http://blog.globaliza.com/wp-content/uploads/2013/02/tipos-bancos.jpg" width="476" height="317" /></a>Sant Cugat del Vallès, 13 de febrero de 2013 – </b>El comparador financiero <a title="Bankimia" href="http://www.bankimia.com/hipotecas" target="_blank">Bankimia</a><b>, </b>en colaboración con el instituto de investigación de mercados <a title="Target-Empirica" href="http://www.target-empirica.com/" target="_blank">Target – Empirica</a><b>,</b> ha realizado un estudio que analiza las entidades bancarias desde el punto de vista del consumidor. El informe se divide en diferentes áreas temáticas, la primera de las cuales se ha presentado hoy mismo: el <b>cobro de comisiones bancarias</b>.

Según se desprende de los datos, un 31% de los encuestados indica que es muy o bastante probable que cambien de entidad bancaria principal en los próximos 12 meses. Analizando los motivos de un posible cambio de entidad, evitar el cobro de comisiones es el argumento que más se utiliza para cambiar de banco. El 57% de los clientes con intención clara de cambio ha dado esta respuesta. Los clientes de Banesto (el 81% de los clientes que se plantean dejar Banesto lo haría para evitar el cobro de comisiones), los de Catalunya Caixa (70%) y los de La Caixa (64%) son los que más esgrimen este argumento para el cambio.

<a href="http://blog.globaliza.com/las-comisiones-principal-argumento-para-cambiar-de-banco/intencion_cambio_entidad_bancaria/" rel="attachment wp-att-3318"><img class="aligncenter size-full wp-image-3318" alt="Intencion_cambio_entidad_bancaria" src="http://blog.globaliza.com/wp-content/uploads/2013/02/Intencion_cambio_entidad_bancaria.png" width="1305" height="978" /></a>

Globalmente, los usuarios de Bankimia encuestados han valorado, en una escala del 0 al 10, a sus entidades en lo referente al cobro de comisiones con un aprobado justo (5,1). ING Direct es, en este sentido, el banco mejor valorado (9,4), seguido en la distancia por Bankinter (6,2) y Banc Sabadell (6,1).

<a href="http://blog.globaliza.com/las-comisiones-principal-argumento-para-cambiar-de-banco/intencion_cambio_entidad_bancaria-2/" rel="attachment wp-att-3319"><a href="http://blog.globaliza.com/?attachment_id=3320" rel="attachment wp-att-3320"><img class="aligncenter size-full wp-image-3320" alt="Intencion_cambio_segun_entidad" src="http://blog.globaliza.com/wp-content/uploads/2013/02/Intencion_cambio_segun_entidad.png" width="1305" height="976" /></a></a>

El informe también concluye que, respecto al cobro de comisiones, <b>la banca online (*) genera mayor satisfacción</b>. Su puntuación media es de un 9, mucho más alta que la obtenida por la banca tradicional (4,7). Los menores de 30 años, sean clientes de banca online u offline, también valoran mejor el cobro de comisiones (5,7) que el resto de los encuestados (5,1).

<a href="http://blog.globaliza.com/las-comisiones-principal-argumento-para-cambiar-de-banco/motivos_cambio_comisiones/" rel="attachment wp-att-3321"><img class="aligncenter size-full wp-image-3321" alt="Motivos_cambio_comisiones" src="http://blog.globaliza.com/wp-content/uploads/2013/02/Motivos_cambio_comisiones.png" width="1305" height="976" /></a>

El estudio se ha elaborado a partir de una encuesta a la que han respondido 3.466 usuarios del comparador financiero Bankimia, entre los días 20 de noviembre y 12 de diciembre de 2012.

<a href="http://blog.globaliza.com/las-comisiones-principal-argumento-para-cambiar-de-banco/motivos_cambio_entidad/" rel="attachment wp-att-3322"><img class="aligncenter size-full wp-image-3322" alt="Motivos_cambio_entidad" src="http://blog.globaliza.com/wp-content/uploads/2013/02/Motivos_cambio_entidad.png" width="1302" height="974" /></a>

Para más información sobre el estudio, puedes acceder a la presentación haciendo clic <a title="Presentación de Bankimia" href="http://www.slideshare.net/Bankimia/informe-sobre-comisiones?utm_source=slideshow03&amp;utm_medium=ssemail&amp;utm_campaign=share_slideshow" target="_blank">aquí</a>.

<b>(*) Se considera como banca online: </b>ING Direct, iBanesto, Openbank, Uno-e, Oficinadirecta, Bancopopular-e, Activobank, Bankialink, Hipotecas.com, Tubancaja y Selfbank.]]></content:encoded>
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