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El Consejo de Ministros acaba de aprobar el Anteproyecto de Ley de Medidas de Fomento del Alquiler de Viviendas y la Eficiencia Energética de los Edificios. Esto viene motivado por la necesidad de dar un mayor impulso al mercado del alquiler en España, especialmente a través de medidas destinadas a fortalecer la seguridad jurídica de las partes y a incrementar la oferta de viviendas en régimen de alquiler.
Con la cantidad de pisos y casas construidas que no se venden, el Ministerio de Vivienda toma cartas en el asunto para reformar algunas leyes y dar un gran impulso al mercado de alquiler en nuestro país. Así, las reformas introducidas por el Anteproyecto de Ley tienen como finalidad agilizar los procesos judiciales de desahucio y de reclamación de rentas derivadas del alquiler.
Asimismo, va a permitir que las comunidades de propietarios adopten con más facilidad acuerdos para la realización de obras y la instalación de equipos o sistemas que mejoren la eficiencia energética de los edificios.
El Anteproyecto va a introducir cambios en tres Leyes: la Ley de Arrendamientos Urbanos, la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley de Propiedad Horizontal.
En el caso de la Ley de Arrendamientos Urbanos se amplían los supuestos en los que no procede la prórroga obligatoria del contrato de alquiler. En la actualidad, el propietario sólo puede rescindir el contrato en el caso de que necesite ocupar la vivienda para uso propio. El Anteproyecto de Ley extiende este derecho para sus familiares en primer grado de consanguinidad (padres o hijos).
El Anteproyecto de Ley de Medidas adopta una serie de cambios en la Ley de Enjuiciamiento Civil que dan más agilidad e imprimen más eficacia a las causas. Estos cambios se hacen siguiendo dos premisas básicas: dar mayor seguridad jurídica a los arrendadores y salvaguardar los derechos de los inquilinos de buena fe.
Por otra parte, se reduce de dos meses a un mes el plazo que debe transcurrir entre el momento en que el arrendador interpone un requerimiento al inquilino por el impago de rentas y la presentación de la demanda. El arrendatario podrá evitar el inicio del proceso si paga las mensualidades atrasadas en este plazo.
En cuanto a la tercera Ley, La reforma de la Ley de Propiedad Horizontal permite flexibilizar las mayorías necesarias en las juntas de propietarios para que la comunidad afronte la realización de obras de mejora de la eficiencia energética del edificio.
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