Hace algunos días nos acercábamos a conocer algunos consejos que perseguían ayudarnos a la hora de vender nuestra vivienda, destacando entre ellos el tener en consideración realizaro algunas mejoras y cuidados, y tener a nuestra disposición toda aquella documentación que, en su caso, nos hiciera falta (planos del domicilio, descripción tanto de ésta como de la finca donde se encuentra con expresión de su superficie útil, intrucciones de uso o medidas de seguridad contra incendios).
No obstante, ahora nos vamos a hacer eco de un tema realmente interesante que tiene que ver con las utilidades de la tasación inmobiliaria, y que nos concierne cuando nosotros somos el comprador de una vivienda.

Habitualmente, el uso que a un nivel general se le da a un piso cuando es adquirido es el de vivienda, ya sea de forma temporal o permanente, y para poder comprarlo debemos tener en cuenta una cuestión fundamental: nuestra propia disponibilidad económica.
Pero a la hora de llevar a cabo esta compra, es imprescindible saber con unos criterios muy claros el uso que posteriormente le vayamos a dar.
Un piso de alta rentabilidad se cuantifica a razón del tiempo que se piensa disfrutar del mismo, independientemente de que se desee utilizar como vivienda única en sí, o como segunda residencia para las vacaciones.
El valor de un bien inmobiliario depende claramente del criterio individual de su propietario (una cuestión que es puramente subjetiva) y que tendría una relación muy directa con la utilidad que le da o con lo que, por ejemplo, se ha ido gastando para mantenerlo.
Sin embargo no debemos olvidar que el precio de la vivienda es un hecho concreto en el que no caben opiniones subjetivas, y en el que el trabajo y la valoración del perito tasador son fundamentales, ya que sin él se haría muy difícil la transacción inmobiliaria, pues no se nos escapa que el comprador desea comprar a un muy buen precio y el vendedor vender su inmueble (si se me permite la redundancia) consiguiendo la mayor rentabilidad posible.
En estos casos, es imprescindible acudir a un perito tasador debidamente acreditado. No obstante, a la hora de la tasación hablaremos de diferentes tipos: valor contable, real, hipotecario, asegurado, catastral, legal, de inversión y de expropiación.
- Valor real: valoración a efectos del Impuesto de Transmisiones, Sucesiones o Donaciones; el Impuesto de Patrimonio; o en el ámbito, por ejemplo, de expropiaciones forzosas.
- Valor hipotecario: a efectos de la obtención de un crédito hipotecario.
- Valor asegurado: a efectos de las entidades aseguradoras.
- Valor legal: a efectos de valores máximos de ventas o rentas.
- Valor catastral: a efectos del Impuesto de Bienes Inmuebles, por ejemplo.
- Valor de inversión: a efectos de rentabilidad, viabilidad.
- Valor contable: a efectos de tasación, patrimonios, etc.


Jueves, 22 de Mayo de 2008 a las 1:27 pm
Estupendo artículo. Si queréis saber algo más sobre este tema a mí me ayudó mucho este monográfico sobre la tasación de una vivienda:
http://fusterconsulting.com/monograficos/index.php?id=14
Martes, 26 de Agosto de 2008 a las 12:34 pm
Tb existe el valor de pretasación, de forma orientativa y sin valor de legal, pero mucho más barato que una ´tasación.
Para hacerte una idea lo mejor es solicitar un informe en alguna página q ofrece este servicio…yo he usado http://www.pretasatucasa.com y funciona.
muy buen articulo…
un saludo,
Jueves, 18 de Febrero de 2010 a las 2:29 pm
Existe mucha oferta en el mercado se debe buscar en profunidad y esperar la oportunidad, encontrar propiedades que los oferentes estén a punto de quebrar, buscar el desesperado, ahi se encuentra la oferta