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En ocasiones, nuestras compañeras de Elmundo.es se encuentran con casos cómo este:
Pregunta:
Muy buenos dÃas Por favor podrÃan informarme de las ayudas a la rehabilitación de la vivienda NO habitual. Aprovechando la salida de un antiguo inquilino quiero aprovechar para hacer reformas en ese piso que ha quedado libre. Ignoro si podrÃa beneficiarme de algún tipo de ayuda o desgravación en el caso de hacer una reforma para posteriormente ponerlo, de nuevo, en alquiler. Y, otra cosa, la reforma o rehabilitación de zonas comunes de un edificio (compartidos los gastos con el resto de los propietarios), ¿tiene algún tipo de ayuda? Gracias, muy amables.
Respuesta:
Las Comunidades Autónomas gestionan ayudas del Ministerio de Vivienda para la rehabilitación de viviendas destinadas al alquiler. Son ayudas de hasta 6000€ y comportan la obligación de arrendar por rentas limitadas. También hay algunas limitaciones en cuanto a la superficie máxima de las vivienda que pueden acogerse a estas subvenciones. Consulte en la ConsejerÃa de Vivienda de a Comunidad Autónoma que corresponda.

Este tipo de casos, son muy frecuentes porque muchos de nosotros necesitamos restaurar nuestra vivienda o edificio, y en tiempos de crisis, no está demás una ayuda para realizar esa reforma tan necesaria. El problema es que existe un mar de dudas con los requisitos. Las ayudas para la rehabilitación de vivienda son una oportunidad para iniciar la obra que necesitabas, pero como en todas las ayudas, es imprescindible cumplir una serie de requisitos y por eso, es necesario tenerlos claros.
Para empezar, es importante saber que existen dos tipos de ayuda:
Una para la rehabilitación de edificios. Que se dedica sólo a cubrir la parte estructural (esta parte tiene que garantizar la seguridad de la estructura) y funcional (para proporcionar la facilidad del acceso, aislamiento, redes generales de agua, gas, etc…) y la otra ayuda se dedica exclusivamente a viviendas, que serÃa para mejorar las condiciones de habitabilidad cómo por ejemplo: condiciones de superficie útil, distribución interior, instalación de agua, electricidad, gas, ventilación, iluminación natural y aireación, aislamiento térmico y acústico. También son válidas las obras para reducir el gasto energético simplemente para adaptar la normativa con respecto al gas, agua, electricidad, protección contra incendios, saneamiento o la eliminación de cualquier barrera arquitectónica y la ampliación del espacio habitable (con tope hasta los 120 m2)
Adelantamos que la Subvención máxima por vivienda puede ser:
* 1.240 €: General
* 3.100 €: Ingresos inferiores a 3,5 Salario MÃnimo Interprofesional
* 3.410 €: Si además tienen mas de 65 años
* 3.720 €: Para arrendadores sujetos a prórroga forzosa
Rehabilitación de viviendas
* Subvención del 25% del presupuesto protegido, con un máximo de 2.480 €
* Si tiene más de 65 años, la subvención será del 35%, con un máximo de 3.100 €
* Para arrendadores sujetos a prórroga forzosa: subvención del 35% , con un máximo de 3.410 €
* 3.720 €: Para arrendadores sujetos a prórroga forzosa
Para saber más sobre los requisitos especÃficos, podéis consultarlo en la página del Ministerio de Vivienda, donde aclara punto por punto las pautas y los requisitos que debes tener para solicitar la ayuda.
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