Archivo del Autor: Juanjo Bueno y Patricia Briones
Una de las obligaciones del propietario de una vivienda o local en un edificio en régimen de propiedad horizontal es “comunicar a quien ejerza las funciones de secretario de la comunidad, por cualquier medio que permita tener constancia de su recepción, el domicilio en España a efectos de citaciones y notificaciones de toda índole relacionadas con la comunidad”. Así lo establece el artículo 9.1.h) de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH). Del contenido completo de este precepto se pueden extraer conclusiones, que es importante poner sobre la mesa para delimitar las responsabilidades en el sistema de notificaciones: 1) Designación del…
Aunque son pocas las que perviven, todavía existen viviendas de portería en España, especialmente en los edificios de centros urbanos de grandes capitales, como Madrid. En esta ocasión, Mario, que habita en una comunidad del barrio de Chamberí (Madrid), nos ha trasladado esta consulta: “El portero de nuestro edificio ha fallecido recientemente y su viuda quiere seguir viviendo en la casa-portería, ¿está en su derecho?”. En nuestra opinión y en virtud del art. 49 del Convenio laboral de empleados de fincas urbanas de la Comunidad de Madrid, la vivienda del portero está vinculada con sus funciones.Como consecuencia de su fallecimiento,…
Tan importante es que una comunidad de propietarios tenga estatutos como que adopte normas de uso interno para “regular los detalles de la convivencia”, como dice la Ley de Propiedad Horizontal. Ahora bien, muchas veces los propios propietarios no prestan atención a cómo adoptar estos reglamentos de uso interno. Y aunque es posible que vengan dados por la promotora inmobiliaria antes de iniciar la venta de los inmuebles, lo habitual es que sean adoptados por los integrantes de la junta de propietarios una vez haya sido constituida. Matías acaba de comprar un apartamento y la comunidad todavía no ha fijado…
Vivir en una mancomunidad no tiene por qué plantear problemas en lo que a reparto de gastos se refiere. Sin embargo, varios lectores nos han planteado tratar esta interesante cuestión. Hagamos un repaso de lo que dice la Ley de Propiedad Horizontal cuando habla de la constitución de los complejos inmobiliarios privados en agrupaciones de comunidades de propietarios. A tener en cuenta: el título constitutivo contendrá la descripción del complejo inmobiliario en su conjunto y de los elementos, viales, instalaciones y servicios comunes. Asimismo, fijará la cuota de participación de cada una de las comunidades integradas, las cuales responderán conjuntamente…

