juanjoypatricia
Juanjo Bueno y Patricia Briones
A través de este blog, tanto mi compañera, la abogada Patricia Briones como el que suscribe, Juanjo Bueno, en calidad de periodista especializado en el sector inmobiliario, trataremos de acercar los temas más interesantes que afectan al funcionamiento de las comunidades, siempre siguiendo la actualidad del día. Sobre CAF Madrid Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid, institución que vela por la defensa de sus más de 3.600 colegiados, y por la protección de los consumidores y usuarios de viviendas.
Otros artículos sobre...

Comunidad de vecinos

¿Puede la comunidad adjudicarse el piso de un moroso en una subasta judicial?

Aunque no es un tema que surja con asiduidad, y sobre todo en los tiempos que corren, el interés de una comunidad de propietarios por la compra de elementos privativos dentro del propio edificio o de inmuebles ajenos es una cuestión que todavía es objeto de debate entre vecinos.

Recientemente varios propietarios de la comunidad de Rosa, nuestra lectora, han planteado este tema. “Quieren que el fondo de reserva se destine a la compra de un piso bajo de un moroso que va a salir en subasta judicial para después utilizarlo como sala común de reuniones”, nos comenta. “Es por ello que me gustaría saber si existe alguna ley o norma jurídica que ponga freno a esta locura”, pregunta Rosa.

La comunidad de propietarios carece de personalidad jurídica tal y como se deduce del artículo 35 del Código Civil que realiza una enumeración taxativa de las que debemos considerar como personas jurídicas entre las que no incluye a las comunidades.

En consecuencia, al carecer de personalidad jurídica, no puede ser propietaria de ningún elemento privativo ya sea dentro del propio edificio o de otro ajeno. Así se establece en la Sentencia del Tribunal Supremo de 24 de diciembre de 1986 y en la resolución de la DGRN (Dirección General de Registros y del Notariado) de 25 de mayo de 2005. Esta última inadmite la posibilidad de que la comunidad de propietarios pueda acceder al Registro de la Propiedad como adquirente de bienes inmuebles al carecer de personalidad jurídica.

Así las cosas, la comunidad no podrá adjudicarse el piso del propietario moroso, ni siquiera comprar un bien inmueble o plaza de garaje, entre otros elementos privativos.

Para que pueda adquirir un bien, deberá hacerlo como comunidad de bienes, siendo voluntaria su pertenencia a la misma de conformidad con los artículos 392 y siguientes del Código Civil.

Esta entrada fue publicada en Comunidad de vecinos, Comunidades de vecinos, Preguntas al experto y etiquetada , , , , . Guarda el enlace permanente.
Mename

Participa con tus comentarios

* (obligatorio)

(opcional)

Puedes usar las siguientes etiquetas y atributos HTML: <a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <strike> <strong>

Últimos artículos en el blog
  • Hipotecas

    ¿Qué se puede hacer cuando se hereda un préstamo hipotecario? ¿Qué se puede hacer cuando se hereda un préstamo hipotecario?
    ¿Qué se puede hacer cuando se hereda un préstamo hipotecario? Heredar una casa por vía testamentaria es algo bastante habitual. Pero, ¿qué pasa cuando sobre esa vivienda pesa una hipoteca? Tal y como establece la ley, los herederos reciben en herencia tanto lo bueno como lo malo, es decir, se heredan los bienes y derechos pero también las obligaciones y cargas. De esta forma, en caso de fallecimiento del titular de una hipoteca, la propiedad del bien inmueble pasa a los herederos con las cargas correspondientes (en este caso la hipoteca). Y es que, de acuerdo con la ley, las...

  • Comunidad de vecinos

    ¿Puedo perder mi vivienda si ejecutan un embargo en la comunidad de vecinos? ¿Puedo perder mi vivienda si ejecutan un embargo en la comunidad de vecinos?
    Las comunidades de propietarios no son ajenas a la crisis económica. Con frecuencia vemos como muchos de sus servicios o instalaciones (ascensor, piscina…) son parados o suprimidos a causa de la morosidad de los propietarios. En este blog ya hemos abordado las consecuencias a las que se tiene que enfrentar un propietario moroso, que bien porque no puede o tal vez porque no quiere, deja de pagar las cuotas comunitarias. Ahora bien, ¿puede contraer deudas la comunidad? Sabemos que salvo para operaciones crediticias destinadas a la realización de obras, a la comunidad no se le reconoce personalidad jurídica. Sin embargo,...